conforme a los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
Primero: SIN LUGAR la demanda de NULIDAD DE TÍTULO SUPLETORIO interpuesta por el ciudadano MARIO PARISI MENNA, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad No. V-6.249.568, representado por las abogados en ejercicio YSLEYT KARINA MENDIRE CÁRDENAS y OMAIRA DÍAZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 157.249 y 22.581, respectivamente, contra la ciudadana MARÍA ANGÉLICA VALLEJOS AULAR, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-5.417.700, representada por las abogados en ejercicio ELIZABETH VIVAS MORALES y EMMA HERNÁNDEZ RIVAS, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 164.342 y 102.020, respectivamente.