Por todos los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ACUERDA la REDENCIÓN DE LA PENA POR EL TRABAJO al ciudadano JOEL ARNALDO JOSE CHAVEZ MURZI, titular de la cédula de identidad N° V- 17.691.796, natural de Caracas, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 08-10-1986, estado civil: soltero, de profesión u oficio cabillero, residenciado en: Sector 10, calle 49, casa 25, Cartanal, cerca del modulo policial, Municipio Independencia, Estado Miranda. De padres CANDELARIO CHAVEZ (V) y GLORIA MURZI (V), por un tiempo igual a TRES (3) MESES, DIECISEIS (16) DIAS Y DOCE (12) HORAS, conforme con lo previsto en el artículo 14° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, en concordancia con el artículo 471 num.....