Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el juicio que por DESALOJO sigue la ciudadana GLORIA ISABEL SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.074.355 y de este domicilio, contra la ciudadana MARILUZ MALAVE DE MILLAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.643.223 y de este domicilio, declara: