El ciudadano JULIO CÉSAR LARA AVARIANO, fue detenido preventivamente en fecha 8-11-2008, manteniéndose ininterrumpidamente esta situación hasta el día de hoy, 2-11-2011, por lo que computándose a favor del reo el tiempo que estuvo privado ciertamente de su libertad en atención a lo establecido en el artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, se determina que el penado de autos tiene un total de pena cumplida en privación de libertad de 2 años, 11 meses y 24 días.