... las pretensiones objeto de acumulación, tienen un mismo objeto y un mismo título, sin embargo aún cuando la parte actora es igual en las mismas, la parte demandada es diferente en las causas, lo que quiere decir, que la identidad de las personas es distinta.
Planteado lo anterior, y por cuanto de las razones antes expuestas se evidencia que la causal alegada por el demandado, no es aplicable al caso de autos, en consecuencia es forzoso para este Tribunal NEGAR la acumulación del presente expediente con las causas signadas con los números 13874 y 13876...