...PRIMERO: Se determina que el ciudadano ALEJANDRO JOSÉ PÉREZ ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad personal número V-17.490.241, lleva privado de su libertad, a la fecha, y desde la data de su detención, un tiempo de SIETE (07) MESES y VEINTIDOS (22) DÍAS, faltándole por cumplir, de la pena principal de prisión de CUATRO (04) AÑOS que le fuera impuesta, y en aplicación de la disposición del artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, TRES (03) AÑOS, CUATRO (04) MESES y OCHO (08) DÍAS, siendo entonces que la pena principal concluye en fecha diez (10) de abril del año dos mil doce (2012).
SEGUNDO: Habiendo resultado condenado, asimismo, el ciudadano ALEJANDRO JOSÉ PÉREZ ZAMBRANO, antes identificado, a cumplir la pena accesoria de inhabilitación política durante el tiempo de la pena, prevista en el artículo 16 del Código Penal, se determina, por tanto, como fecha de culminación de la referida pena accesoria, el día diez (10) de abril del año dos mil doce (2012).
TERCERO: En.....