Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Tercero del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Revisar y Sustituir, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, impuesta al imputado JUAN DE LA TRINIDAD ROSALES ROSALES, de Nacionalidad venezolano, residenciado en: El Barrio El Limón Calle Principal casa numero 46 -55 sector Plan de Manzanazo carretera Vieja La Guaira Estado Vargas, nacido en fecha 24-05-1959, de 46 años de edad, de profesión u oficio: comerciante, de estado civil, soltero y titular de la cédula de identidad Número. V.-6.028.456, según Decisión de fecha 19 de enero del 2.006 y le impone una CAUCIÓN JURATORIA, en virtud de la cual el imputado mediante acta firmada, prometerá someterse al proceso, no obstaculizar la investigación y abstenerse de cometer n.....