...debido a que este Tribunal no es agente de retención, y la obligación del arrendador, nace, en el momento en que el arrendador o beneficiario, haga efectivo el pago por este Tribunal, es decir, retire de la cuenta de este Tribunal dichas consignaciones, y por cuanto, el pago del I.V.A, es consecutivo al pago que recibe el arrendador - beneficiario, en razón de lo expuesto, este Tribunal para continuar entregando a la parte arrendadora – beneficiaria, los montos que consigne el arrendatario – consignante, insta a la parte arrendadora - beneficiaria a cumplir -con respecto al monto que en este auto se acuerda entregar-, con el pago del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), en los términos establecidos en la Ley y su Reglamento, lo cual deberá hacer constar en autos, -de haber cumplido con dicha obligación impositiva ante el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera, y Tributaria de los Altos Mirandinos (SENIAT). -, y así se decide. ...