Oídas como han sido las partes, escuchada la imputación del Fiscal del Ministerio Publico, los alegatos de la defensa y la declaración del imputado este Tribunal, una vez analizadas las actas procesales,
observa que existen suficientes elementos de convicción para considerar que el ciudadano JOHAN ALFREDO MIJARES GARCIA se encuentra incurso en el delito precalificado por el Fiscal del Ministerio Publico, asimismo se continúe la presente averiguación por los tramites del Procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en el articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo establecido en el articulo 283, ejusdem; por todo lo antes expuesto es por lo que este Tribunal considera procedente decretar la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano JOHAN ALFREDO MIJARES GARCIA, nacionalidad: Venezolana, natural de: Ocumare, Fecha de nacimiento: 03-12-84, estado civil: Soltero, profesión u oficio: estudiante, Resid.....