, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De cujus ISIDRO ANTULIO JOSE LUQUE MARQUEZ de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de los ciudadanos: ANTONIA BELEN LUQUE DE GARRIDO, NUBIA MARIA LUQUE GARCIA, ISSIS VIRGINIA LUQUE MARTINEZ, RAMSES ISIDRO LUQUE MARTINEZ y VICTORIA DE LA COROMOTO MARTINEZ TOVAR, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-4.835.179, V-6.084.425, V-17.115.021, V-17.116.007 y V-3.807.162 respectivamente, sin perjuicio de terceros.