ADMITE el presente recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho YOGLENY MEDINA y WUILMER MELÉNDEZ, actuando en su carácter de defensores privados, en contra de la decisión de fecha 02 de julio de 2013, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento, mediante el cual el referido Órgano Jurisdiccional decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano HERIDIER JOSÉ PALACIOS RUIZ, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y penado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, tipificado y penado en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, SECUESTRO BREVE, previsto y penado en el artículo 6 de la L.....