"...TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIP Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, con sede en Cúa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara de oficio la PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente Juicio que por solicitud de DIVORCIO, establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, sigue por intentada por los ciudadanos LUCILA MARIA PARRA SUAREZ y REINALDO MAXIMO CAMEJO MANZO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad Nº V-6.441.328 y V-9.410.679, en ese orden, asistidos por la profesional del derecho ROSALBA L. ROJAS R., inscrita en el IPSA bajo el Nº 58.086, adscrita a la Unidad de Protección al Niño y a la Familia de la Sindicatura del Municipio Libertador del Distrito Capital, en los términos expuestos.- ASI SE DECIDE.-
No hay condenatoria en costas por la naturaleza especial el fallo.-
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