...declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos ANA MARGARITA VILLEGAS PACHECO y LUIS ALBERTO PICHARDO TERÁN, venezolanos, mayores de edad, cónyuges y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.524.899 y V-945.991, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 18 de junio de 1982, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Valencia del Estado Carabobo, según consta del Acta de Matrimonio Nº 18, del año 1982; todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A, del Código Civil. QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIÓ.