Acuerda la acumulación de las sanciones de Libertad Asistida, Imposición de Reglas de Conducta y Servicio a la Comunidad que le fueran impuesta en su oportunidad al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a cumplir sucesivamente por el lapso de DOS (02) AÑOS de Libertad Asistida, UN (01) AÑO de Imposición de Reglas de Conducta y SEIS (06) MESES de Servicio a la Comunidad, según lo dispone el artículo 620 literales "b", "c" y "d" en concordancia con los artículos 624, 625 y 626 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.