PARTE DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, solicitada por los ciudadanos: MARILYS JOSEFINA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ y GREGORIO JOSÉ MENDOZA YSTURIZ, mayores de edad, cónyuges, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 8.763.714 y 8.764.560 respectivamente.-
En consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL existente entre ellos, contraído en fecha 13 de Diciembre de 2.012, ante el Registro Civil de Araira, Parroquia Bolívar, Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda, según Acta de matrimonio N° 86, Folio 86.-
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en.....