1.- El condenado JUAN BAUTISTA CHAVEZ LOPEZ, podrá optar por el Régimen Abierto, al cumplir UNA TERCERA PARTE 1/3 de la pena impuesta, y al verificar los requisitos establecidos en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación al artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, que en definitiva es de CINCO (05) AÑOS, que operó de pleno derecho.
2.- El penado podrá optar por Libertad Condicional, al cumplir DOS (02) TERCERAS PARTES 2/3 de la pena impuesta, y al llenar los requisitos establecidos en los artículo 501 y 507 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, que en definitiva es un tiempo de DIEZ (10) AÑOS, que operó de pleno derecho.
4.- El Penado podrá optar por el Confinamiento, al cumplir TRES CUARTAS PARTES ¾ de la pena impuesta, y al llenar lo requisitos establecidos en el artículo 20 del Código Penal Vigente, que en definitiva es un tiempo de ONCE (11) AÑOS Y TRES (03) MESES, que operó de pleno derecho, por tener a la fecha un tiempo de pena cumplida.....