DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por la ciudadana JANET AMERICA PIETRI DE ALONZO, venezolana, mayor de edad, titular de los cédula de identidad N° V- 3.626.124, contra el ciudadano IGOR ARMANDO ALONZO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 641.621, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos JANET AMERICA PIETRI DE ALONZO y IGOR ARMANDO ALONZO HERNANDEZ, antes identificados, en virtud del matrimonio por ellos celebrado ante la Primera Autoridad Civil de La Parroquia Sucre, Municipio Libertador, del Distrito Capital, (hoy Registro Civil y Electoral, de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital), en fecha 20 de marzo de 1970, según consta de Acta de Matrimonio número 320, folio 320 y su vuelto, del libro de matrimonio llevado por ese organismo, correspondiente al año 1970.
De conformidad con lo establecido en los artículos 101 numeral 06 y 152 de la Ley Orgáni.....