Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD SIN PERJUICIO DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHO, a favor de la ciudadana NINORKA CAROLINA TORREZ BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.244.761, sobre las bienhechurías identificadas en la solicitud que encabeza estas actuaciones, vale decir, una vivienda, ubicada en el Kilometro 8 de la Carretera que conduce al Jarillo, Parroquia San Pedro de los Altos, del Municipio Bolivariano de Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, de un terreno su propiedad, según consta de documento de compra venta debidamente autenticado ante el Registro Público del Municipio Los .....