Declara: PRIMERO : SE ANULA la audiencia preliminar realizada el 30 de mayo de 2005 y publicada el 31 del mismo mes y año, por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, extensión Valles del Tuy, conforme a lo establecido en los artículos 190, 191 Y 196 del Código Orgánico Procesal Penal, por no cumplir con los presupuestos legales establecidos en los artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal y SE REPONE la causa al estado de que se celebre una nueva audiencia Preliminar ante un de Tribunal de Control de este mismo Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, distinto al que emitió el pronunciamiento de fecha 30 de mayo de 2005 y publicado el 31 del mismo mes y año, en la presente causa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 434 de nuestro Código Adjetivo Penal. SEGUNDO: SE MANTIENE La Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano ROMER JOSÉ AGUILERA PÉREZ, de conformidad con lo establecido en los artículo.....