PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 21/06/2022, por el ciudadano JAIRO CONTRERAS TORRES, identificado con la cédula N. º V.- 17.145.273, actuado en propio nombre y en beneficio legal-exclusivo como profesional del derecho, inscrito en el INPREABOGADO con matrícula N. ° 163.560, en su carácter de presunto agraviado, en contra de la decisión proferida por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, con sede en Guarenas, en fecha 17/06/2022;
SEGUNDO: IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE AMPARO CONSTITUCIONAL propuesta por el ciudadano JAIRO CONTRERAS TORRES, identificado con la cédula N. º V.- 17.145.273, actuado en propio nombre y en beneficio legal-exclusivo como profesional del derecho, inscrito en el INPREABOGADO con matrícula N. ° 163.560, en contra del ciudadano MARCO ANTONIO PEREZ RAMIREZ, identificado con la cédula N. ° V- 12.069.789;
TERCERO: INADMISIBLE LA SOLICITUD .....