...SEGUNDO: en cuanto AL PRINCIPIO DE LA COMUNIDAD DE LA PRUEBA, contenida en el capítulo II, particulares primero, segundo y tercero del escrito de promoción de pruebas, este Despacho observa que respecto a estos Principios, invocados por el defensor Ad Litem de la parte demandada en su escrito de promoción de pruebas por cuanto su contenido no constituye medio probatorio alguno, siendo en todo caso un aspecto que atañe directamente al fondo del asunto debatido cuyo pronunciamiento está expresamente reservado a la sentencia de mérito. Así quedó establecido en sentencia de fecha 02 de septiembre de 2004, emanada de nuestro Máximo Tribunal en su Sala Político Administrativa, en la cual se dispuso: "...advierte la Sala que en la jurisprudencia se ha considerado que la solicitud de apreciación del mérito favorable de los autos no constituye un medio de prueba, sino que más bien está dirigida a la aplicación del principio de la comunidad de la prueba, el cual debe aplicar el Juez, confor.....