...por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara competente para conocer de la presente Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por los Profesionales del Derecho RAMÍREZ RANGEL JEANNETTE y OCHOA LUIS ANTONIO, en su carácter de Defensores Privados del ciudadano RAFAEL ELPIDIO JAIME, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 4 y 5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en relación con los artículos 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la solicitud de Amparo Constitucional interpuesta por los Profesionales del Derecho RAMÍREZ RANGEL JEANNETTE y OCHOA LUIS ANTONIO, en su carácter de Defensores Privados del ciudadano RAFAEL ELPIDIO JAIME, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, así como del criterio sostenido por la Sala Constitucional del Tribunal Suprem.....