Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones Ordinaria y de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Ocumare del Tuy, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación a titulo de Efectos Suspensivos, interpuesta, conforme a los artículos 374 y 439 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, por la abogada HELIANNA GALVIS, en su condición de Fiscal Vigésimo Sexto del Ministerio Público, en contra del fallo dictado en la celebración de la audiencia de presentación del aprehendido de fecha veinticinco (25) de febrero del año dos mil trece (2013), y fundamentado en fecha veintiséis (26) de febrero de dos mil trece (2013), por el Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones Control de este Circuito Judicial del estado Miranda, que otorgó al.....