DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos anteriormente este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVOCA la medida cautelar sustitutiva que le fuera acordada de conformidad con lo establecido en el artículo 256, ordinales 3º y 8º y en su lugar ordena la PRIVACIÓN DE LIBERTAD del ciudadano JHOANNY JOSE ROCCA GIL, venezolano, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.247.091, de oficio obrero, domiciliado en PLAN MANZANO CARRETERA VIEJA LA GUAIRA, SECTOR LA TORRE, CASA 22, CALLE PATIO LA BOLA, ESTADO VARGAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 262, ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia líbrese ORDEN DE APREHENSION dirigido a la División de Aprehensiones del Cuerpo de Investigaciones Penales y Criminalísticas del Ministerio .....