DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA a la joven IDENTIDAD OMITIDA, por haberse encontrada incursa en la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, así como lo preceptúa el literal D del artículo 561 de la LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, del ordinal cuarto del artículo 318 del Código Orgánico procesal Penal. Notifíquese a las partes. Líbrese boletas de notificación.