DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA APLICACION DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Decreta la Privación Judicial de Libertad al imputado GONZALO JOSE PORTUGUES SUAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.275.762, por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 375, ordinal 1°, del Código Penal, en perjuicio de la niña ADELA PORTUGUES VELISARIO; de conformidad con lo establecido en los ordinales 1, 2 y 3 del Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, parágrafo primero del artículo 251 y ordinal, 252, ejusdem. Y ASÍ SE DECIDE.
Publíquese, Regístrese y Diarícese, déjese copia.
LA JUEZ SE.....