DECIDE:
U N I C O : Modificar la decisión dictada en fecha 06-07-05 en cuanto al ordinal 8°, e impone a los acusados ELIOMAR JESUS RONDON y ARGENIS YOHAN HERRERA el cumplimiento de LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITIVA DE LIBERTAD contenida en el artículo 256 en sus ordinales 3°, y 8°, que consisten en: La presentación cada quince (15) dias por ante las oficinas de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, previo el cumplimiento de: 8° la presentación por cada acusado de dos (2) fiadores que demuestren en su conjunto un ingreso mensual de treinta (30) unidades tributarias. NOTIFIQUESE TRASLADESE PARA IMPONER.
LA JUEZ SEGUNDA DE JUICIO
ADALGIZA T. MARCANO HERNANDEZ
La Secretaria,
Seguidamente se dio cumplimiento a lo aquí acordado.
La Secretaria,