RAcuerda: PRIMERO: Declarar Improcedente otorgar la Formula alternativa de cumplimiento de pena de Destino al Establecimiento Abierto a JUAN CARLOS SERRANO DÍAZ, titular de la cédula de identidad N° 16.056.408, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 500 ejusdem. SEGUNDO: Ofíciese al Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, a los fines de remitir copia certificada de la presente decisión, a los fines de la imposición al penado de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en los artículos 481 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquense a las partes de la presente decisión, de conformidad con lo dispuesto en el único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.