Primero: SIN LUGAR el recurso subjetivo de apelación ejercido por el ciudadano JUAN ISAAC LUGO, en su carácter de representante legal de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 23 de julio de 2009, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, que declarara con lugar la demanda incoada, la cual se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes.
Segundo: SE ORDENA a la parte demandada la sociedad mercantil denominada BEJOISA, S.R.L., plenamente identificada en autos, desalojar y hacer entrega libre de bienes y personas, el inmueble constituido por una parte de un galpón industrial, que se encuentra ubicado en la Urbanización Los Tres Puentes con frente a la Avenida Pedro Russo Ferrer, sector El Tambor de la ciudad de Los Teques, Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, distinguido con la letra y número C-1, el cual tiene una superfi.....