este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, solicitada por los ciudadanos: GLENDA XIOMARA VALENCIA RAMIREZ y JOSÉ JOSÉ CASTRO VALERA, cónyuges, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.104.130 y V-15.910.100, respectivamente.-
En consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CÓNYUGAL existente entre ellos, contraído en fecha 22 de Junio de 2012, ante el Registro Civil del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Miranda, según Acta de matrimonio Nro. 0179.-