este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: La INTERDICCION PROVISIONAL, del ciudadano RAFAEL AGUSTIN LÓPEZ PERDOMO, venezolano, mayor de edad, viudo, de ochenta y seis (86) años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-606.048, domiciliado en La Matica, Calle Rafael Vegas, Callejón Villa Paredes, Los Teques, Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, y colocarla bajo tutela conforme a lo establecido en el artículo 396 del Código Civil; SEGUNDO: Se designa TUTOR INTERINO, a su hija ciudadana MERCEDES ELENA LÓPEZ de GARCÍA, venezolana, mayor de edad, domiciliado en La Matica, Calle Rafael Vegas, Callejón Villa P.....