DECLARA CON LUGAR la solicitud de la Defensa y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano CHACÓN GONZÁLEZ LUIS ARMANDO, venezolano, natural de Higuerote, nacido en fecha 14-09-88, de 19 años de edad, soltero, publicista, hijo de María González (v) y de Orcas Chacón (v), residenciado en la Calle La Libertad, casa s/n, frizada, más arriba de la Bodega de Horacio, Guatire, Estado Miranda, De conformidad a lo establecido en el artículo 318 numeral 1ero, por aplicación del artículo 330 numeral 3ero. Del Código Orgánico Procesal Penal, Decreta la Autoridad de cosa juzgada de la presente decisión en relación al mismo y se ordena el cese de todas las medidas de coerción personal que hubiesen sido decretadas en su contra.