...Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, a DECLARAR ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus HILARIO RAMÓN BARRIOS BLANCO, quien era en vida venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-1.846.709 y quien falleció Ab-intestato en fecha 28 de Mayo de 2.014; a las ciudadanas BEATRIZ CÁRDENAS DE BARRIOS, ÁNGELA EDITH BARRIOS CÁRDENAS, MARLY YANINE BARRIOS CÁRDENAS, VANESSA ZORAYA BARRIOS CÁRDENAS, FABIOLA KARLEY BARRIOS CÁRDENAS y VERÓNICA HILBETH BARRIOS CÁRDENAS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédula de Identidad Nros. V-2.554.809, V-11.019.807, V-12.073.927, V-13.....