DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Rio Chico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO interpuesta por los ciudadanos YUNEY YANETH SOTILLO y EVER ELISAUR COLINA LEMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-25.879.838 y V-20.996.196, respectivamente, fundamentadaen el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en correlación con las Sentencias N° 1070 de fecha 09 de diciembre de 2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos YUNEY YANETH SOTILLO y EVER ELISAUR COLINA LEMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad n.....