Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta como flagrante la detención del ciudadano imputado, BARANDICA CARRILLO CARLOS ALBERTO, titular de la Cédula de Identidad N° E- 83.784.223, y se acuerda la aplicación del procedimiento Ordinario, ya que, el Ministerio Público debe continuar la investigación, conforme a lo establecido en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda la aplicación de las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad al ciudadano BARANDICA CARRILLO CARLOS ALBERTO, titular de la Cédula de Identidad N° E- 83.784.223, contenidas en el artículo 256 ordinales 3º, consistente en la presentación cada 08 días por ante este Tribunal, los dias jueves, hasta que el Ministerio Público presente su acto conclusivo; y la del ordinal 6° consistente en la prohibición de comunicarse con la víctima, y frecuentar los mismos lugares que ésta. todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 248, 250, 253 y 256 todos de.....