Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad de las imputadas: JESSICA INGRESI AÑANGUREN SANABRIA, venezolana, Titular de la Cédula de Identidad 18.753.402, nacida en fecha 11-08-1981, de 28 años de edad, domiciliada en: Guatire, Las Barrancas, casa numero 6, hija de Migdalia del Carmen Sanabria (f) y José Félix Aranguren (v), GEORGINA González, de nacionalidad Venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.090.093, nacida en fecha 16-05-1981, de 27 años de edad, domiciliada en: Calle Borde Sequía, El Ale, casa numero 2409, hija de Oscario González 8v) y Helena Yánez (v), por la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO, tipificado y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Vigente, para GEORGINA GONZALEZ y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADORA INMEDIATA previsto y sancionado en al artículo 458 en relación 84.3 ambos del Código Penal Vigente