...declara el CUMPLIMIENTO DE LA PENA ACCESORIA, prevista en el numeral 3 del artículo 13 de Código Penal, que le fuera impuesta al ciudadano CAMACARO OCHOA LUIS MANUEL, portador de la cédula de identidad N° V- 11.039.464, penado en la causa signada con el Nº 2E-1989/00, de Un (01) año y Cuatro (04) meses la cual cumplió en fecha 21 de Enero del presente año, quien fue condenado en fecha 14 de Agosto de 1998 por el extinto Tribunal Superior Segundo en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, por ser autor responsable del delito de ROBO A MANO ARMADA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 460 en relación con el artículo 82 ambos del Código Penal vigente para la fecha, más las accesorias legales inherentes al caso, conforme a lo previsto en el artículo 13 eiusdem...