Por las razones que anteceden, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la cuestión previa opuesta por la parte demandada, prevista en el artículo 346 ordinal 1º del Código de Procedimiento Civil, relativa a la Falta de Jurisdicción del Tribunal, en el juicio que por DESALOJO sigue la sociedad mercantil FRANCISCO ANDRADE & CIA, S.A. contra la sociedad mercantil FRUTERIA PAN DE AZUCAR, C.A., ambas partes identificadas en autos.
No hay especial condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 eiusdem.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Seg.....