...En el caso de marras, lo que pretende el ciudadano FAUSTINO PROIETTO SANCHEZsupra identificado, que este Tribunal ordene la ejecución forzosa de la transacción celebrada entre las partes intervinientes en el presente juicio, alegando además, que adquirió la propiedad del inmueble objeto de la controversia mediante cesión del ciudadano ÁNGEL TOMAS SÁNCHEZ RAGA, éste último se reservó el usufructo vitalicio del bien. TERCERO: Expuesto lo anterior, esta sentenciadora observa que el supuesto de hecho contenido en la norma ut supra no se encuentra configurado en el presente asunto, dados los hechos que esgrimen las abogadas YURAMY ALICETH HERNANDEZ y ONEIDA MENDOZA SILVA, en su carácter de apoderadas judiciales del ciudadano FAUSTINO PROIETTO SANCHEZ, up supra identificados, lo que hace inadmisible la que ha denominado "tercería adhesiva" y así se decide....