...En el caso bajo estudio se observa, que la demanda interpuesta carece de los instrumentos probatorios a que se refiere el artículo 864 del Código de Procedimiento Civil, ya que la presente acción se admitió conforme a las reglas contenidas en el Decreto con Fuerza de Ley de Tránsito Terrestre, y siendo que el presente procedimiento ha sido objeto de declinatoria en tres oportunidades, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso, fija un lapso de diez (10) días de despacho siguientes a la presente fecha a fin de que la parte accionante proceda a señalar los medios probatorios a que se refiere el artículo 864 eiusdem, y así se resuelve...