Este Tribunal del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, actuando en función de control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescente, según lo dispuesto en el artículo 666 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa, por el delito de DETENTACION
ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, que se sigue al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, titular de la cédula de identidad N° V-XXXXXXX, de 16 años de edad, residenciado en el sector Chaparral, bajada de los Fiat, cas s/n, Ocumare del Tuy, Estado Miranda, hijo de SANTA ZAPATA y MARIO GUEVARA y hace cesar todas las medidas de coerción que hubieran sido dictadas.