Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Ocumare del Tuy, declara: 1) CON LUGAR la solicitud de Conversión en Divorcio de los cónyuges los ciudadanos MIZULET MARIA MANRIQUE LEIBA y MARCOS RENE GONZALEZ ZAMORA. 2) DISUELTO, el vínculo conyugal que los une en virtud del matrimonio por ellos celebrado el día veintisiete (27) de abril de 2.005, por ante la el Registro Civil del Municipio Autónomo General Rafael Urdaneta, Cúa, Estado Bolivariano de Miranda anexa, bajo el Nº 038, folio Nº 038, de los libros respectivos.