En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ADMITE el presente Recurso de Apelación de Sentencia Definitiva interpuesto por la Profesional del Derecho ABG. FAVIOLA PEÑA inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 88.148, en su condición de Defensora Privada del ciudadano ISNARDO JOSE BELLO, titular de la cedula de identidad Nº V-14.214.026, en contra de la decisión dictada en fecha 07 de marzo de 2013, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, Extensión Valles del Tuy, mediante la cual el prenombrado Órgano Jurisdiccional, condeno al ciudadano antes mencionado, a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de SECUESTRO B.....