En base a los razonamientos de hecho y de derecho que preceden, este Juzgado Primero (1º) de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda ordenar la encarcelación del penado MOISES DAVID ARCELLA PADILLA, titular de la cédula de identidad Nº V-22.770.490, a los fines de que cumpla las penas principales y accesorias que le fuera impuestas por el Juzgado Primero (1º) de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en fecha 28 de Mayo de 2008.
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión judicial. Líbrese boleta a las partes notificando lo resuelto por éste Tribunal. Líbrese oficio dirigido al Jefe del Departamento de Aprehensiones del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), anexándose boleta de encarcelación a nombre del ciudadano MOISES DAVID ARCELLA PADILLA, a los fines de que s.....