...ACUERDA MEDIDA CAUTELAR contenida en los literales d y f para los jóvenes acusados, las cuales consisten en la PROHIBICIÒN DE AUSENTARSE DE LA JURISDICCIÒN DEL ESTADO MIRANDA SIN AUTORIZACIÒN PREVIA DEL JUZGADO, así como PROHIBICIÒN EXPRESA DE COMUNICACIÒN con el ciudadano YORDEN MARTÍNEZ JOSÉ GUILLERMO Titular de la Cedula de Identidad V-4.565.026, de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, donde nació en fecha 11-01-1956, de cincuenta y dos (52) años de edad, de profesión u oficio Jubilado, de estado civil casado, hijo de Mendoza Yorden José Ramón (F) y de Fabiana Martínez Curvelo (V), residenciado en Calle Principal de Guayacán Sector Carenero Casa N° 37 (al lado de la escalera al lado del puente, frente al astillero). Estado Miranda. Teléfono 0416-700.07.23, quien funge como víctima en la presente causa al ser hijo del ciudadano JOSÈ RAMÒN YONDER MENDOZA (hoy occiso), dado que los jóvenes no fueron presentados ante el juzgado de control y nunca les fue impuesta medida cau.....