Primero: CON LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por el Abogado Héctor Carrera Guzmán, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 43.196, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante RODOLFO JOSE ULUKNON COLINA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-11.691.935, contra la sentencia dictada el 22 de julio de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, la cual se REVOCA en todas y cada una de sus partes.
Segundo: SE ORDENA al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, proceda a decretar la medida de prohibición de enajenar solicitada por la representación judicial del la parte demandante.
Tercero: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay expresa condenatoria en costas.
Cuarto: Se ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal de origen, en su oport.....