Finalmente, la abogada en cuestión, solicita copia certificada de los folios 82 al 84 (ambos inclusive) del presente expediente, no obstante, tales folios pertenecen, en parte, al expediente signado con el Nro. S-23-116, contentivo de la inspección judicial emanada del Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de esta misma Circunscripción Judicial; quien suscribe, indica que al momento de expedir copia certificada de un documento de carácter público, debe hacerlo sobre la totalidad del mismo (siempre y cuando curse en original) y no sobre meros folios, ya que, se estaría segmentando su integridad. Es por ello que se niega lo peticionado. Así se dispone.-