Emite los siguientes pronunciamientos. PRIMERO: Se DECRETA LA DETENCIÓN FLAGRANTE de los imputados RODRIGUEZ YENNY COROMOTO, titular de la Cédula de Identidad Nro. 7.925.833, y MAGGIOLO BASABE EGLYS RAFAEL, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.745.196, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES DE MEDIANA GRAVEDAD, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, para la imputada RODRIGUEZ YENNY COROMOTO, y LESIONES INTENCIONALES DE MEDIANA GRAVEDAD EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 413, en concordancia con lo establecido en el artículo 84 numeral 3, ambos del Código Penal, para el imputado MAGGIOLO BASABE EGLYS RAFAEL. SEGUNDO: Se ORDENA que se prosiga la presente investigación a través del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo remit.....