CONDENA al ciudadano GUERRA OVALLES JUAN CARLOS, plenamente identificados al comienzo de la presente acta, a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, HOMICIDIO CAIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, PORTE ILIICTO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 405, 406 y 277 todos del Código Penal, y TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN AL MODALIAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para el momento que ocurrieron los hechos, todo de conformidad con el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal.