DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoado por el ciudadano LERRY JOHAN AGUILERA PALACIOS, titular de la cédula de identidad número V- 12.977.109, contra la sociedad mercantil BALGRES, C.A. SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada VIVIENDA DE SALAMANCA, C.A. al pago de la cantidad condenada de catorce mil novecientos veinticuatro con seis céntimos (Bs. 14.924,06), más el monto correspondiente a los intereses de mora y la corrección monetaria en los términos anteriormente expuestos. TERCERO: Se condena en costas a la sociedad mercantil BALGRES, C.A., por haber resultado totalmente vencida con arreglo a lo dispuesto por el artículo 59 de .....